En el intento de combatir el empleo ilegal y en negro se llegó a la medida de sancionar a las empresas que tengan personal en estas condiciones clausurandolas hasta cinco días. Hasta ahora, la AFIP sólo clausuraba cuando la situación irregular involucraba a todos los trabajadores del empleador.
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) sancionará con una clausura de entre tres y cinco días corridos a los empleadores que tengan trabajadores no registrados. Según la resolución general 3589, publicada en el Boletín Oficial en el día de hoy, las sanciones se aplicarán cuando se involucren a dos o más trabajadores y alguno de ellos no haya sido incorporado en alguna de las declaraciones juradas determinativas.
Además de lo anterior, se indica que se sancionará al empleador que haya sido sancionado por cualquier tipo de infracción cometida con relación a las obligaciones impositivas, aduaneras y de la seguridad social, dentro de los cinco años anteriores a la fecha del acta respectiva. La normativa establece que las nuevas reprimendas podrán acumularse con otras multas que corresponda aplicarse, sin perjuicio de las demás sanciones que resulten procedentes en virtud de otros incumplimientos.
Hasta ahora, la clausura estaba reservada a situaciones irregulares que involucraban a todos los trabajadores de la empresa y solo sería posible su aplicación cuando la reincidencia se producía sobre una sanción en firme por la misma falta dentro del mismo año. Según las cifras oficiales, el empleo en negro representa un 34% del mercado laboral de Argentina. A fines de diciembre, tras la asunción del nuevo equipo económico encabezado por Axel Kicillof, el Gobierno se propuso la reducción de la informalidad laboral como una de sus principales metas para 2014.
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