Tope de 500% de aumento de gas en pymes.

La corrección del cuadro tarifario fue acordada la semana pasada por Frigerio y Aranguren con gobernadores de todo el país. Se oficializó entonces el tope del 400 por ciento de aumento en el servicio residencial de gas, y del 500 por ciento para el comercio, y la ampliación del beneficio para la tarifa social en las provincias de Misiones, Corrientes, Formosa y Chaco.
La Resolución 99/2016 de la Secretaría de Energía (publicado en el Boletín Oficial), instruye en su artículo 1 al Enargas a disponer de las medidas necesarias para que las facturas «no superen en más de un 400 por ciento al monto final, sin impuestos» desde el 1 de abril para usuarios de categoría R y sus subcategorías.
Por su parte, en el artículo 2, establece el tope en el 500 por ciento para «la categoría Servicio General P con servicio completo (subcategorías P1 P2 y P3)», que incluye a buena parte del comercio.

En cuanto a las facturaciones futuras«las diferencias que surjan entre el monto final resultante de los cuadros tarifarios vigentes y el monto efectivamente facturado en función de lo dispuesto en los artículos anteriores, será aplicado como un descuento».
«Que la implementación de este subsidio no afecta las tarifas a percibir por las prestatarias de servicios de distribución, netas del costo de adquisición del gas que distribuyan, ni las tarifas de las prestatarias del servicio de transporte», aclara la Resolución.

Luego de los cuestionamientos de varios gobernadores e intendentes de distintos puntos del país que, en muchos casos, fueron canalizados mediante amparos judiciales que frenaron los incrementos, la decisión fue adoptada la semana pasada por el ministerio de Energía, que conduce Juan José Aranguren.
La Resolución 111/2016 eleva de 150 a 300 kilovatios/hora el volumen de consumo mensual con costo cero para los beneficiarios de la tarifa social de las provincias de Misiones, Corrientes, Formosa y Chaco.
Según los argumentos de la norma publicada la decisión se debe a «la falta de acceso al servicio de distribución de gas natural por redes que, en general y hasta la fecha, afecta a esas provincias; a cuyo mérito corresponde adoptar las medidas conducentes a los efectos de atender la particularidad planteada»

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