El Gobierno lanzó nuevas líneas de préstamos para la construcción, compra o refacción de inmuebles; la inscripción finaliza el 19 de octubre; habrá 130.000 plazas
El programa de créditos para viviendas Procrear que el Gobierno relanzó ayer y que tendrá dos líneas nuevas de préstamos. ¿Cómo es el plan?
El próximo 22 de octubre se sortearán préstamos para 130 mil soluciones habitacionales. Del total, 60 mil corresponderán a la compra de terrenos para la posterior construcción de la vivienda y 20 mil para la compra de una casa o departamento a estrenar. Las restantes 50 mil plazas seguirán los lineamientos del Procrear anterior para la construcción ampliación, refacción y terminación de viviendas.
PARA COMPRA DE TERRENO Y CONSTRUCCIÓN
Se otorgarán hasta $ 100 mil para la compra del terreno y hasta $ 400 mil para la construcción de la casa. La tasa de interés irá desde el 2 y el 14% a pagar entre 20 y 30 años, según el ingreso. Para esta línea, el ingreso neto familiar debe ser hasta $ 30 mil. Se facilitarán 20 modelos de planos gratis para ahorrar costos en arquitecto.
PARA COMPRA DE VIVIENDA A ESTRENAR
Financiará el 80% del valor de la propiedad hasta $ 500.000, con una tasa del 2,5% al 16,5%, a 20 o 30 años. Para ambas líneas, se ampliará el nivel de ingresos de los beneficiarios hasta $ 30.000 mensuales por familia. Se debe estrenar antes de diciembre de 2014 y construcción de la vivienda deberá concluir en los 12 meses posteriores al inicio del trámite del crédito.
Requisitos para acceder al plan
El terreno donde se encuentra la construida la vivienda deberá estar ubicado en zona urbana o semi-urbana consolidada (con infraestructura de servicios), sobre calle o camino trazado y con baja probabilidad de inundaciones.
Nacionalidad: Argentino o Extranjero, con residencia permanente en el país.
Edad para acceder al crédito: entre 18 y 65 años (edad máxima al cancelar el crédito: 75 años)
Antigüedad laboral mínima: 1 año, tanto en relación de dependencia como en independientes.
Ingresos mínimos: Se consideran los ingresos netos del solicitante (sumando, cuando hubiera, los ingresos por una segunda actividad) y los de su cónyuge o concubino/a, en cuyo caso se constituirá en “codeudor”.
En el caso de los trabajadores en relación de dependencia, se considera Salario Neto la suma de dinero que regularmente cobra el trabajador por su trabajo y que resulta del total de sus haberes menos los descuentos de ley que debe retener el empleador (descuentos previsionales, tributarios, seguros, etc.). En cuanto a los trabajadores independientes será considerado de acuerdo a la categoría que le sea establecida por el régimen tributario de la AFIP.
Aquellas personas que perciban un ingreso mediante becas, residencias, o cómo servicio doméstico deberán acreditar su condición de tal con los comprobantes correspondientes.
Relación cuota/ingreso: La cuota mensual a pagar del crédito puede cubrir hasta el 40% del ingreso neto familiar. Se consideran todas las obligaciones que tengan en el sistema financiero.
Antecedentes financieros: Es necesario no tener antecedentes negativos en el sistema financiero:
Retrasos en pagos durante el último año.
Deudas vencidas mayores a $250.
Tener 3 o más cheques rechazados por “sin fondos” en los últimos 12 meses.
Juicios, embargos, quiebras, concursos y morosidad en los últimos 5 años.
DOCUMENTACIÓN PERSONAL SOLICITADA
Documentación Personal: D.N.I., L.C. o L.E. o certificación de identidad para extranjeros.
Estado civil:
CASADO: Libreta de Matrimonio.
DIVORCIADO: Sentencia de divorcio.
UNIDOS DE HECHO: Certificado de Convivencia, (cuando tengan hijos en común, partida de nacimiento de los hijos) o contrato de alquiler a nombre de ambos titulares o facturas de servicios y/o resúmenes de productos bancarios donde se verifique la coincidencia de domicilio para ambos titulares.
Datos familiares:
HIJOS MENORES DE 18 AÑOS: Partida de nacimiento (sólo si no se encuentran inscriptos en la Libreta de Matrimonio).
PERSONAS CON CAPACIDADES DIFERENTES A CARGO: DNI (cuando sea hijo de uno de los solicitantes) y Certificado de discapacidad (extendido por el Servicio Nacional de Rehabilitación y Promoción de las personas con discapacidad o por las juntas provinciales o las juntas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires o Certificado de Discapacidad Único).
VETERANOS DE GUERRA: último recibo de haberes (pensión de guerra)
Documentación justificatoria de ingresos
Últimos 12 recibos de sueldo, si los recibos son quincenales deberá presentar los que conforman el mes completo.
Certificado de empleo. En papel membretado, con la firma y cargo del empleador, certificada por entidad bancaria y los siguientes datos del empleado: nombre y apellido, tipo y N° de documento, CUIL, fecha de ingreso, cargo y/o función, tipo de contratación, remuneración mensual bruta.
Jubilados: Últimos 3 recibos de haberes.
Becarios:
Certificado de otorgamiento de la beca o documentación similar que acredite el otorgamiento.
Comprobante de cobro de los últimos 3 meses.
Médicos residentes: Recibo de cobro de los últimos 12 meses
Servicio doméstico: Formularios 102/B de AFIP de los últimos 12 meses, completos y firmados por el dador de trabajo y comprobantes de pago de los aportes y contribuciones.
Peones Rurales: Que presten servicio bajo el régimen de “Trabajadores de Temporada” y que cumplan con las siguientes condiciones: presenten últimos 12 recibos de sueldo, registren una continuidad laboral de 3 años.
Para personas independientes:
Comprobante de inicio de actividades frente a AFIP.
Para profesionales: Matrícula profesional o título habilitante.
Régimen ganancias: Última declaración jurada de impuesto a las ganancias y comprobante de pago correspondiente. Si es rectificativa además deberá presentar la original.
Régimen monotributo: Comprobantes de los pagos del monotributo de los últimos 3 meses o declaración y comprobantes de pago de ingresos brutos correspondientes a los últimos 12 meses.
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